Tengo vista en marzo para peliar un ticket de 150 por pipa (escape), aqui esta la ley para que la vean y no se dejen fastidiar por los policias.
Art?culo 14.15: Sistema amortiguador de sonido y aceleramiento del motor
Con relaci?n a sistemas amortiguadores de sonido, se seguir?n las siguientes normas:
-Todo veh?culo de motor que transite por las v?as p?blicas deber? estar equipado con el sistema amortiguador de sonido, el cual deber? estar en buenas condiciones de funcionamiento.
-Ser? ilegal usar en el sistema amortiguador de sonido v?lvulas de escape o cualquier otro dispositivo o aditamento con el prop?sito de producir ruido.
-Ser? ilegal el aceleramiento innecesario del motor o el producir ruido con el mismo en zona urbana. (Por "sistema amortiguador de sonido" se entender? cualquier dispositivo o artefacto, usado para reducir el sonido producido por la emisi?n de gases de un motor de combusti?n interna.)
Toda persona que viole las disposiciones de este Art?culo incurrir? en falta administrativa y ser? sancionada con multa de cien (150) d?lares
Ley de transito de PR - Art?culo 14.15 sobre "pipas&quo
Moderator: mocpac
lo se
creeme que ya conosco la ley en carolina los municipales se encargan de imponerla bien a pecho ya tengo $450 gracias a esa ley pero el que hizo la ley hizo la trampa tambien tengo un conocido que es policia que me borra los boletos antes de 48hrs de expedido el boleto